Dejar de pagar una deuda trae consigo implicaciones negativas. Principalmente, no cumplir con las obligaciones en la materia genera un historial poco atractivo para las instituciones, lo que cierra la puerta para futuros préstamos.
Es importante que sepas que no pagar más un crédito, genera una mancha que no se borra de manera inmediata en las centrales de riesgo como DataCrédito. Incluso, si llegaras a liquidar el saldo vencido, es una mala nota con la que tendrás que vivir algún tiempo.
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La deuda en DataCrédito prescribe de dos maneras:
Una vez que las centrales de riesgo, tal es el caso de Datacrédito, recibe la información de la entidad financiera del pago por parte del cliente, cuenta con 10 días para actualizar los datos.
Debes considerar que los bancos u otro tipo de empresa que te hizo un préstamo se encargan de la actualización del estado de las deudas y elaboran un reporte mensual, con lo que es posible que no se refleje inmediatamente la liquidación de un adeudo en tu historial.
De acuerdo con la legislación colombiana, el máximo de permanencia en una sociedad crediticia es de 8 años, lo cual no implica que una vez contados este tiempo las instituciones financieras volverán a aprobarse alguna tarjeta u otro producto de crédito. Lamentablemente, pasará mucho tiempo para que un banco acceda a realizarte un préstamo, debido al mal antecedente que dejaste al no cumplir con tus compromisos financieros.
Así que si te has preguntado ¿Cómo tumbar deudas de DataCrédito? Pues no son posibles, pero sí puedes mejorar tu comportamiento financiero con el tiempo.
Ten en cuenta que para que una deuda caduque en Colombia deben de pasar de 3 años a 5 años y eso dependerá mucho del nivel de endeudamiento que tengas, por lo que debes recordar que:
La legislación colombiana establece plazos máximos para que se mantenga la información sobre el comportamiento negativo del usuario en caso de no pagar sus deudas, una vez que haya retomado el pago de sus compromisos financieros:
De acuerdo con la ley colombiana, este texto tiene como objetivo central preservar el derecho constitucional que tienen todas las personas en el país a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, a fin de dar un uso correcto de la misma. De igual forma,la ley 1266 protege el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, en relación con la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países.
En este caso, se deberá solicitar ante la institución financiera con la cual se ha terminado el adeudo que proporcione de nueva cuenta el comprobante que acredite que ya se ha liquidado el pendiente, con el objetivo de que la central de riesgo pueda realizar los trámites correspondientes para actualizar la información y así cumplir con los plazos de la ley colombiana para poner al corriente el historial de crédito y una vez cumplidos los plazos, volver a tener la posibilidad de tener un préstamo en las instituciones financieras colombianas.
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El reporte en Datacrédito durará indefinidamente si tienes buena calificación dentro del reporte de DataCrédito, en caso de no tenerlo y mantener adeudos quedarás registrado hasta que la termines de liquidar y puede durar hasta 4 años dentro de la entidad de reporte crediticio.
Es importante que pagues tu deuda, de una manera u otra, ya que te lo contrario tu deuda no cadurará, si tienes una cuenta pendiente en esta entidad, te recomendamos asistir a una reparadora de crédito que te ayudará a pagar tus deudas con un descuento.
No es posible solicitar una prescripción de deudas, ya que el banco decidirá cuando es momento de que la deuda se prescriba. En caso de que quieras solicitarla por tu cuenta no podrás, ya que el acreedor debe iniciar un proceso ejecutivo para poder reconocer ante la ley que la deuda se prescribe.
Aunque muchas veces, los bancos suelen prescribir las deudas sin decir nada ya que ha pasado un tiempo sin que el deudor pague. Esto perjudicará directamente a tu DataCrédito y nadie te otorgará crédito, por lo que es importante que pagues, cual sea la situación no te esperes a una prescripción.
Algunas casas de cobranza quieren cobrar deudas prescritas por los bancos o financieras que ya han prescrito la cuenta, por lo que si intentan hacerlo, es posible que no logren su cometido ya que no se tratan de cobros judiciales por lo que el juez tendrá conocimiento de la prescripción.
Las casas de cobranza o despachos de cobranza, amenazan a aquellas personas que no han pagado su deuda, pero al tratarse de una deuda de carácter civil, nunca pasará a mayores, pero eso no quiere decir que no pagues, por lo que es importante liquidarla cuanto antes.
Como ves es un proceso largo y que no puedes hacer tú, por lo que evita la prescripción de deudas cuidado tus finanzas personales. Si te encuentras en un problema de endeudamiento y no ves salida, recurre a una reparadora de crédito como Resuelve tu Deuda, ya que somos expertos en liquidación de deudas y te ayudamos a hacer un plan financiero para pagar tus deudas.
Es importante recordar que aún está pendiente la puesta en marcha de la denominada Ley Borrón y Cuenta Nueva.
Con esta iniciativa que ya fue aprobada por el Congreso, y sólo falta el visto bueno de la Corte Constitucional para decretarse, se busca dar una oportunidad a los deudores con reporte negativo en las centrales de riesgo. Entre otras cosas, la ley permitirá borrar el historial y comenzar de cero, siempre y cuando los interesados se pongan al corriente con sus deudas.
Se estima que la ley podría beneficiar a 8 millones de colombianos. No obstante, el proceso se ha demorado más de 8 meses ante el máximo tribunal.
Cabe destacar que al ser una propuesta de modificación a la Ley Estatutaria de Habeas Data, debe ser avalada por la Corte Constitucional. Una vez que cuenta con la aprobación en esta instancia, deberá ser remitida al Poder Ejecutivo, en donde el Presidente de la República podrá sancionar la ley, o en su caso, ejercer la facultad de interponer objeción y regresarla al legislativo.
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