¿Tienes una deuda con algún banco o empresa pendiente de pagar? Es posible que te preocupe si por esta pueden embargar tus bienes; aquí te contamos qué es lo que puede suceder y cuáles son las alternativas que tienes para hacer frente a esta situación.
Tener problemas para cancelar un adeudo es una situación que puede generar estrés e incluso temor para los usuarios de servicios financieros. Por ello, es importante que cada vez que pidas un préstamo o hagas una compra a crédito tomes en cuenta toda tu situación financiera, es decir, tus deudas vigentes, otros compromisos de pago y tus ingresos (fijos y variables). Con esta información es posible hacer una medición de tu capacidad de pago, para que tengas una idea del riesgo que corres al solicitar un nuevo préstamo.
Datacrédito, una de las centrales de riesgo del mercado colombiano, refiere que lo óptimo es que tu nivel de endeudamiento represente entre 0 y 30% de tus ingresos para que tu salud financiera no se vea comprometida.
La institución señala que si tus deudas están entre 31 a 40% de tus ingresos, hay cierto peligro, aunque todavía tienes oportunidad de hacer cambios para mejorar la situación; si tu nivel de endeudamiento sobrepasa 40% de tus ingresos, es muy probable que estés sobreendeudado y por ende, que no puedas cumplir con tus compromisos de pago y entres en mora.
La falta de pago puede hacer que algunos acreedores inicien un proceso de embargo de bienes con la finalidad de que el adeudo quede cancelado; pero antes de que esto suceda deben cumplir con otros procesos, que inician con las notificaciones al cliente y las centrales de riesgo.
Cuando una compañía no recibe los abonos necesarios (generalmente entre 60 a 90 días naturales) envía una notificación a las centrales de riesgo para modificar el historial crediticio de sus clientes. Esto puede complicar el acceso a nuevos productos de crédito.
Además, los acreedores pueden intentar hacer cobros extrajudiciales, enviar notificaciones (en las que informan las consecuencias de no cancelar su deuda), solicitar una revisión judicial y posteriormente, contemplar el embargo de bienes.
Un embargo debe ser aprobado por un juez, luego de que se recabaron las pruebas de que no hubo respuesta o intención de reestructurar o llegar a algún acuerdo entre el deudor y la empresa.
La Ley 1564 de 2012 indica que en una situación de mora, se puede determinar el embargo de inmuebles, vehículos, joyas y otras pertenencias para poder cubrir los pagos pendientes; en algunos casos también es posible que se confisque dinero para cubrir el adeudo pendiente.
Dicha legislación indica que una vez que el juez dé la razón al acreedor, debe dar una notificación al deudor para que en un plazo de 10 días pueda cancelar el compromiso; de no hacerlo, procederán al embargo.
Aunque para el pago de una deuda pendiente se puede hacer el embargo de dinero, el Código de Procedimiento Civil de Colombia señala algunas restricciones, con la intención de proteger la integridad de los usuarios de servicios financieros.
De esta manera, el embargo se hace sobre el salario y no se puede secuestrar en su totalidad. Así la regulación toma en cuenta el salario mínimo vigente y refiere que no es posible embargar más de 50% del salario, cuando se trate de las personas que perciben hasta cuatro salarios mínimos.
También es posible que el juez determine embargar dinero en efectivo o a través de las cuentas bancarias de los clientes; cada caso depende del tipo y monto de deuda que trate y del usuario (ya sea persona natural o una empresa).
La regulación colombiana también señala que no existe un monto mínimo para proceder a un embargo, incluso una deuda menor puede causar el embargo de bienes, todo depende de lo que dictamine el juez durante el proceso. Para los atrasos de pensiones alimenticias, señala que con un solo atraso es posible promover la retención a los deudores.
Lo ideal es que quienes se encuentran en esta situación puedan buscar la manera de modificar las condiciones, pues además de que afecta el acceso a nuevas opciones de compra y liquidez, pueden perder propiedades y ver su situación financiera comprometida.
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