La caducidad de las deudas está relacionada con un término denominado “prescripción” que es el acto jurídico que confirma que ha pasado el tiempo para dar o quitar un derecho.

Las deudas jurídicas, es decir, aquellas que están respaldadas en un documento como un cheque o un contrato, caducan o prescriben cuando el acreedor no reclama el pago a tiempo.

Cuando firmas un contrato para adquirir una tarjeta de crédito con cualquier banco en Colombia, lo que estás haciendo es precisamente dar vida jurídica a ese compromiso de que vas a pagar el dinero que te presten.

Aún cuando caduque la posibilidad o el derecho de que el acreedor cobre su dinero, tu obligación de pagar seguirá vigente. Eso es justo lo que ocurre con los bancos.

Quizá a las instituciones bancarias no les interese recuperar un monto pequeño adeudado por una persona, pero por eso los venden a despachos de cobranza que se encargaran de que esa deuda no prescriba.

La vida jurídica de una deuda es lo que permite cobrar el dinero prestado, por lo que cuando no existe alguno de estos títulos significa que el adeudo no existe jurídicamente  y, por lo tanto, no se puede reclamar por la vía judicial.

Esto significa que no se puede acudir a un juez para solicitar su intervención para que el moroso reintegre el monto que le fue otorgado en un préstamo.

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¿Qué significa prescripción?

La prescripción significa que el acreedor ya no podrá reclamar el pago, pero aún así la marca del adeudo permanece en el historial crediticio, afectando de forma negativa al deudor.

En el caso de una deuda, la prescripción se calcula una vez que haya vencido el pagaré o el contrato, o el plazo comprometido para pagar el préstamo.

En Colombia, los adeudos pueden prescribir una vez pasados de 3 a 5 años, sin que nadie haya reclamado su pago. Es por ello que el acreedor o el prestamista debe actuar de manera oportuna y evitar que el compromiso prescriba.

De acuerdo con los ordenamientos colombianos, la prescripción está supeditada al título valor, al contrato o al documento firmado por el acreedor y el deudor, donde quedan asentadas las condiciones de prescripción, de acuerdo con lo reglamentado en el artículo 2536 del Código Civil.

En general, lo que este artículo refiere es que los títulos valores —como letras de cambio, pagarés y facturas— prescriben cuando pasaron tres años, así que si la deuda tiene más de cinco años, ya no se podrán embargar los bienes de manera jurídica.

Sin embargo, el deudor sigue siendo moroso y las centrales de riesgo lo tendrán anotado como un mal pagador.

Si no existe ningún documento que se pueda presentar ante un juez para exigir el pago, será más difícil reclamar al moroso.

Acá, tres puntos importantes del artículo 2536 sobre la “prescripción de la acción ejecutiva y ordinaria” que debes conocer.

  • La acción ejecutiva se prescribe por cinco años. Y la ordinaria por diez.

  • La acción ejecutiva se convierte en ordinaria por el lapso de cinco (5) años, y convertida en ordinaria durará solamente otros cinco.

  • Una vez interrumpida o renunciada una prescripción, comenzará a contarse nuevamente el respectivo término.

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Deuda caduca

Cuando tienes la certeza de que ha transcurrido el tiempo en el que una deuda ya no se puede cobrar, entonces puedes considerar las siguientes recomendaciones:

  1. Verificar que se cumplen los requisitos de la prescripción.

  2. Asesorate con especialistas jurídicos y de finanzas personales para que revisen tu caso y en caso de que no haya prescrito el adeudo, te den alternativas para pagarlo y limpiar tu historial.

  3. Muchas veces los deudores buscan la prescripción de deuda como estrategia para dejar de pagar. Pero no debes olvidar que el acreedor original pudo vender su cartera vencida a un despacho de cobranza y son esos cobradores los que interpondrán todos los recursos necesarios para realizar el cobro del adeudo.

Para eliminar un reporte negativo en tu historial crediticio es necesario llegar a un acuerdo de pago con la entidad acreedora.

Si no sabes cómo hacerlo puedes acudir a una empresa que cuente con una plataforma sólida de soluciones para liquidar deudas, por ejemplo, firmas como Bravo tienen presencia en Colombia y ofrecen asesoría sobre cómo recuperar la salud en las finanzas personales.

Deuda vigente impagable

Es importante tener en cuenta que contemplar la idea de no pagar una deuda, con la ilusión de que ésta muera con el inexorable paso del tiempo, es una fantasía que tiene implicaciones en tu historial crediticio por meses e incluso años.

Borrar la mancha negra solo se consigue liquidando el adeudo o llegando a un acuerdo con el acreedor sobre el monto a pagar para que se registre como finiquitado el compromiso financiero.

Al estar en una situación de impago, es decir, que ya no fue posible pagar un crédito y ha pasado el tiempo en que se hizo el último depósito, quizá lo que más conviene es acercarse a ayuda especializada.

Las plataformas para liquidar deuda (que también ofrecen herramientas de refinanciamiento a los morosos) se encargan de contactar a las instituciones financieras con las que se contrajo el adeudo y negociar el plan de pagos para liquidarlo. También se harán cargo de atender los despachos de cobranza.

Acudir a una cita con una compañía como Bravo que te ofrece una alternativa confiable para cancelar tus deudas, te permitirá aclarar tus dudas sobre sus servicios y te  servirá para tomar la mejor decisión financiera.

En Bogotá, Bravo cuenta con una sucursal y también puedes comunicarte vía telefónica al 601 5087574

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